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Admite ministro González Alcántara cinco recursos contra reforma judicial; rechaza frenarla

Last updated: octubre 22, 2024 4:30 pm
administracion
Published: octubre 22, 2024
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Ciudad de México. El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá admitió las cinco acciones de inconstitucionalidad en contra de la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF) promovidas por separado por partidos políticos y legisladores locales, lo que significa que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará la validez o no de la enmienda constitucional.

Sin embargo, el ministro rechazó emitir una suspensión para frenar la reforma, como solicitaron los proponentes, el PAN, PRI y MC, el Partido Político Unidad Democrática de Coahuila y legisladores de Zacatecas.

“Al respecto, con fundamento en el artículo 64, párrafo tercero de la Ley Reglamentaria de la materia, no ha lugar a acordar favorablemente su solicitud, toda vez que de dicha disposición se advierte, claramente, que la admisión de una acción de inconstitucionalidad no da lugar a la suspensión de la norma general, a diferencia de lo que sucede en la controversia constitucional, en cuyo caso, la suspensión se encuentra regulada en los artículos 14, 15, 16, 17 y 18 de la citada Ley Reglamentaria”, justifica.

Asimismo, se ordena solicitar a la Cámara de Diputados y al Senado de la República a rendir sus informes relativos a todo el proceso que siguieron para aprobar la reforma, y de igual forma solicita informes a los 32 congresos locales; al Ejecutivo federal le pide un ejemplar del Diario Oficial de la Federación del 15 de septiembre pasado en que conste la publicación del decreto.

También solicita la opinión de la Presidencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), dándoles un plazo de 10 días naturales a partir de la fecha de notificación.

Asimismo, se solicita a la Presidencia del Instituto Nacional Electoral (INE) que remita a la Corte, en el plazo de tres días naturales, copia certificada de los estatutos vigentes de los partidos políticos nacionales promoventes, así como de la certificación de sus registros vigentes y precise quiénes son los actuales representantes e integrantes de sus órganos de dirección nacional, al momento de la presentación del medio de control constitucional.

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