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Llama Semovi a personas concesionarias del transporte público a circular únicamente donde sus títulos lo permiten  

Last updated: febrero 14, 2024 8:49 pm
administracion
Published: febrero 14, 2024
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  • Circular fuera de territorio autorizado amerita desde sanciones económicas hasta la pérdida de la concesión

 

San Antonio de la Cal, Oax., 14 de febrero de 2024.- La secretaria de Movilidad, Claudina de Gyves Mendoza, hizo un llamado a las personas concesionarias de transporte público de las diversas modalidades a abstenerse de usar sus unidades para circular fuera del territorio para el que tienen permiso, ya que serán sancionadas de acuerdo con lo que establece la Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca.

La titular indicó que las personas concesionarias deben ser respetuosas de lo que establece su concesión en cuanto al uso y demarcación, para no arriesgar su vida y la de las personas usuarias, así como su patrimonio; añadió que pueden ocasionar accidentes y ser sujetos de multas o sanciones administrativas como la pérdida del título de la concesión.

De Gyves Mendoza detalló que las concesiones de todas las modalidades tienen establecidas las demarcaciones territoriales que cubren, el número de personas usuarias, entre otras disposiciones que dictan su operación.

Refirió que en el artículo 100 de la Ley de Movilidad se establece que los vehículos del servicio de mototaxi transportarán el número de pasajeros establecidos en el Reglamento y prestarán el servicio sin salirse del territorio de la localidad para el que fue autorizado, sin realizar ascenso y descenso de personas pasajeras durante su trayecto.

Mientras que el artículo 101, dispone que el servicio de mototaxi se prestará exclusivamente en los horarios, zonas y vialidades expresamente autorizadas por la Semovi, las que de ninguna manera podrán ser clasificadas como vías primarias ni tramos carreteros, además de lo anterior, tratándose de zonas conurbadas, el servicio de mototaxi se prestará exclusivamente en las colonias de la periferia.

Advirtió que de acuerdo con el artículo 226 de la referida Ley, las unidades que sean sorprendidas incumpliendo la normativa pueden ser sancionadas económicamente con multas que van desde los 325.71 pesos hasta los 32 mil 571 pesos, o con el retiro y aseguramiento de unidades, la suspensión o cancelación de la licencia de conducir, la suspensión o revocación de las concesiones.

Por último, agregó, que con las corporaciones viales estatales y federales se trabaja coordinadamente para evitar transgresiones a la Ley, y en caso contrario actuar para aplicar las sanciones correspondientes, a fin de garantizar una movilidad segura.

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