Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las controversias constitucionales que se presenten en contra de resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, pueden ser admitidas a trámite.
El planteamiento puntualizó que el objetivo de dar entrada a este tipo de asuntos, consiste en analizar que hayan sido resueltos dentro del marco de competencias de dicho órgano y que no se trate de cuestiones que correspondan a otros poderes del Estado.
Este criterio fue tomado en el contexto de una controversia constitucional presentada por la Cámara de Diputados, que señala que el Tribunal Electoral excedió sus facultades al inmiscuirse en cuestiones parlamentarias y ordenarle modificar la integración de la Comisión Permanente en junio del año pasado.

